abril 6, 2020

Solicitudes de desempleo y indulgencia de préstamos

El informe inicial de solicitudes de desempleo se publicó la semana pasada, lo que indica que casi 10 millones de personas solicitaron desempleo en las últimas dos semanas. Lamentablemente, sabemos que este número seguirá creciendo a medida que el coronavirus siga afectando a las empresas de todo el país. 

Para tratar de ayudar con estas tasas de desempleo, el gobierno federal aprobó la Ley CARES que permite a los prestatarios que no pueden pagar su hipoteca entrar en un período de indulgencia con su administrador de préstamos. Esencialmente, los prestatarios pueden comunicarse con su administrador y solicitar una "pausa" o un período de indulgencia en el que no serán penalizados por ningún pago atrasado. A pesar de esta "pausa", los prestatarios tendrán que compensar sus pagos atrasados, lo que se maneja de manera diferente de un administrador a otro. Algunos han anunciado que los pagos atrasados se agregarán al saldo pendiente de su préstamo, otros han dicho que el monto total de los pagos atrasados vencerá después de que finalice el período de indulgencia. 

Lo más importante a tener en cuenta con la indulgencia de pago es que NO sucede automáticamente. Los prestatarios DEBEN hablar con sus administradores para determinar sus opciones. Este período de indulgencia puede ser muy útil para aquellos afectados por la pérdida de ingresos u otras dificultades financieras, pero si no necesita usar esta herramienta, se recomienda que continúe haciendo sus pagos.

 

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Por: jon iacono
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